El Ministerio de Economía dispuso la emisión y ampliación de una serie de letras y un bono del Tesoro Nacional por montos que, en algunos casos, alcanzan hasta cinco billones de pesos y USD 3.500 millones, según lo establecido en la Resolución Conjunta 6/2026 publicada este jueves en el Boletín Oficial.
La norma, firmada por las secretarías de Finanzas y de Hacienda, se enmarca en las leyes de Administración Financiera y de Presupuesto 2026, y habilita operaciones vinculadas a la licitación por efectivo realizada el pasado 28 de enero.
Entre los instrumentos dispuestos, se emitirá una Letra del Tesoro Nacional capitalizable en pesos, con vencimiento el 16 de marzo, por hasta un valor nominal original (VNO) de $5 billones. La tasa efectiva mensual será definida en la licitación, con amortización íntegra al vencimiento y un monto mínimo de suscripción de $1.
Asimismo, se crea una Letra capitalizable en pesos con vencimiento el 31 de julio, también por hasta VNO $5 billones, bajo condiciones similares de colocación, negociación en mercados locales y exenciones impositivas vigentes.
La resolución contempla además la emisión de una Letra en pesos ajustada por CER a descuento, con vencimiento el 31 de julio, por hasta VNO $5,2 billones. El capital se actualizará según el coeficiente CER y el precio de emisión será determinado en la licitación.
En paralelo, el Gobierno amplió la Letra vinculada al dólar estadounidense, cero cupón, con vencimiento el 30 de abril, por hasta VNO USD 3.500 millones, y la Letra en pesos a tasa TAMAR, que vence el 31 de agosto, por hasta VNO $4,7 billones.
También se dispuso la ampliación de Letras capitalizables en pesos y Letras ajustadas por CER, ambas con vencimiento el 30 de noviembre, por hasta VNO $5 billones y VNO $5,2 billones respectivamente, en el marco del programa financiero correspondiente a 2026.
Ese mismo bono será ampliado por hasta VNO $3,6 billones, a colocarse mediante licitación y conforme a las normas de procedimiento vigentes. Asimismo, se facultó a distintos organismos de la Oficina Nacional de Crédito Público a instrumentar las operaciones previstas.








