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ARCA actualizó el monotributo: rigen nuevas escalas desde agosto y ya está habilitada la recategorización

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las nuevas escalas del monotributo que comenzarán a regir desde el 1 de agosto y habilitó el proceso de recategorización para todos los contribuyentes alcanzados. El trámite podrá realizarse hasta el 5 de agosto, sin penalidades.

La actualización incorpora un incremento del 16,8% en los topes de facturación y en los valores de las cuotas mensuales, de acuerdo con la inflación acumulada durante el primer semestre informada por el INDEC.

Según confirmó la Agencia Noticias Argentinas, los nuevos importes comenzarán a abonarse con el vencimiento del 20 de agosto.

¿Quiénes deben recategorizarse?

Los monotributistas deberán revisar los parámetros correspondientes a los últimos doce meses:

  • Ingresos brutos.
  • Alquileres devengados.
  • Superficie afectada a la actividad.
  • Consumo de energía eléctrica.

No deberán realizar el trámite quienes mantengan los mismos parámetros del semestre anterior ni aquellos que aún no cumplieron seis meses dentro del régimen.

Además, ARCA mantiene habilitada la recategorización simplificada, que permite visualizar automáticamente la facturación anual registrada y agiliza el procedimiento para quienes cumplen los requisitos.

Cómo realizar el trámite

Los pasos son:

  • Ingresar al portal de ARCA con CUIT y clave fiscal.
  • Acceder al servicio Monotributo.
  • Seleccionar «Recategorizarme».
  • Revisar la información registrada.
  • Actualizar los datos si corresponde.
  • Confirmar la recategorización y descargar el formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.

Nuevos topes de facturación anual

  • Categoría A: hasta $12.009.410,45.
  • Categoría B: hasta $17.595.182,74.
  • Categoría C: hasta $24.670.494,31.
  • Categoría D: hasta $30.628.651,43.
  • Categoría E: hasta $36.028.231,33.
  • Categoría F: hasta $45.151.659,41.
  • Categoría G: hasta $53.995.798,87.
  • Categoría H: hasta $81.924.660,37.
  • Categoría I: hasta $91.699.761,90.
  • Categoría J: hasta $105.012.519,20.
  • Categoría K: hasta $126.610.838,75.

Nuevas cuotas mensuales

Las cuotas, que incluyen impuesto integrado, aporte jubilatorio y obra social, serán:

  • A: $49.527,18.
  • B: $56.379,08.
  • C: $66.020,12 (servicios) / $64.530,58 (bienes).
  • D: $84.612,93 (servicios) / $82.564,81 (bienes).
  • E: $119.811,45 (servicios) / $108.267,51 (bienes).
  • F: $150.784,21 (servicios) / $129.930,65 (bienes).
  • G: $230.312,94 (servicios) / $158.815,05 (bienes).
  • H: $522.706,68 (servicios) / $317.895,01 (bienes).
  • I: $963.747,86 (servicios) / $474.992,78 (bienes).
  • J: $1.167.299,76 (servicios) / $580.793,69 (bienes).
  • K: $1.614.446,04 (servicios) / $702.103,24 (bienes).

Recategorización de oficio

ARCA recordó que podrá realizar una recategorización de oficio cuando detecte inconsistencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible, como compras, gastos o movimientos bancarios incompatibles con los ingresos permitidos.

En esos casos, el organismo notificará la decisión a través del domicilio fiscal electrónico y el contribuyente tendrá la posibilidad de presentar una apelación mediante el servicio Presentaciones Digitales, dentro de los plazos establecidos por la normativa.

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