El Gobierno de Tucumán analiza la resolución de la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que ordenó finalizar, en un plazo de 60 días, la intervención administrativa del Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA).
Desde la Fiscalía de Estado confirmaron que la sentencia todavía no está firme y que la Provincia evalúa presentar un recurso para que el fallo sea revisado. La fiscal de Estado, Gilda Pedicone de Valls, explicó que el Ejecutivo cuenta con diez días para definir la vía recursiva correspondiente.
“La Provincia está evaluando los pasos a tomar porque es un fallo que no está firme; es pasible de ser apelado”, sostuvo la funcionaria, quien confirmó que la eventual revisión será planteada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
Mientras tanto, el interventor del IPLA, Dante Loza, aseguró que la resolución judicial no modifica las facultades ni las competencias del organismo en materia de control.
Según explicó, el fallo se refiere principalmente al esquema institucional del instituto y no implica una reducción de sus atribuciones. En ese sentido, remarcó que los comercios y establecimientos dedicados a la venta y expendio de bebidas alcohólicas deberán continuar cumpliendo con la normativa vigente.
“Que no se engañen. El fallo no ha salido para nada sacando funciones ni misiones”, afirmó Loza.
Por su parte, el gobernador Osvaldo Jaldo señaló que respetará la decisión de la Justicia y la división de poderes, aunque aclaró que el Ejecutivo definirá los pasos a seguir de acuerdo con el criterio jurídico de la Fiscalía de Estado.
El origen de la disputa
La resolución judicial surgió a partir de una acción de amparo presentada en marzo de 2024 por propietarios de salones de fiestas y locales de entretenimiento contra la Provincia y el IPLA.
Los demandantes habían solicitado, entre otras medidas, la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 7.243, el cese de la intervención del organismo, la nulidad de resoluciones y actos administrativos y la devolución de sumas abonadas por cánones, multas, clausuras y levantamientos de clausura.
La Sala III rechazó esos planteos y solo hizo lugar parcialmente a la demanda, centrando su decisión en la continuidad de la intervención administrativa.
Más de 25 años de intervención
Uno de los principales argumentos de los camaristas fue el tiempo que lleva intervenido el organismo. La medida rige desde el 13 de julio de 2000, cuando fue dispuesta durante la gestión del entonces gobernador Julio Miranda.
El tribunal consideró que una intervención concebida originalmente como una herramienta excepcional y transitoria se extendió durante más de dos décadas y terminó modificando el esquema de conducción previsto por la Ley 7.243.
Por ese motivo, la Justicia ordenó al Poder Ejecutivo finalizar la intervención dentro de los próximos 60 días, aunque la decisión podría ser apelada por la Provincia.
Mientras se define si el Gobierno recurrirá el fallo, el IPLA continuará ejerciendo sus funciones de control sobre la comercialización y expendio de bebidas alcohólicas en Tucumán.
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