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El tribunal pasa a dictar sentencia en la causa por la «banca 19» de la Legislatura

 El tribunal pasa a dictar sentencia en la causa por la «banca 19» de la Legislatura

La Sala III del fuero contencioso administrativo incorporó las últimas pruebas requeridas por el bancario Ledesma. Planteo de Pedicone.

La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo dictó una resolución clave en la causa por la “banca 19” de la Capital en la próxima composición de la Legislatura.

“Atento al estado del proceso, autos para sentencia”, expresa la actuación rubricada por la vocal Ebe López Piossek, según consta en el sistema de consulta de expedientes.

De esta forma, cuando resta un mes para la renovación del cuerpo legislativo, la Justicia provincial quedó a un paso de definir si corresponde ratificar como legislador electo al dirigente bancario Hugo Ledesma (Activar-Frente de Todos); o si hace lugar a la acción de amparo planteada por el candidato alfarista Enrique Pedicone (Compromiso con el Pueblo-JxC) para requerir la nulidad de una mesa definitiva.

El proceso llegó a esta instancia con el visto bueno de las partes, y poco después de la incorporación al expediente de nuevas pruebas requeridas por Ledesma y el acople oficialista Activar.

En concreto, se trata del acta que da cuenta de la realización de la audiencia de protesta del escrutinio, prevista por el artículo 121 del Código Nacional Electoral, y celebrada en la sede de la Junta Electoral Provincial (JEP) el 1 de julio, unas tres semanas después de los comicios.

Dicha documentación, según el escrito formalizado por la abogada Patricia Neme, “es relevante a los efectos de acreditar que durante la sustanciación” de aquel acto legal “no se registró protesta alguna al escrutinio definitivo, ni por parte del actor ni por el partido que lo llevó como candidato». Además, Ledesma y su espacio consignaron que «dicha audiencia constituye la oportunidad procedimental oportuna para deducir todo tipo de reclamaciones contra el escrutinio definitivo».

Por pedido de la Sala III, la JEP remitió los informes requeridos por los dirigentes bancarios, que se suman a otras pruebas añadidas al expediente tramitado desde el 23 de junio.

Por su parte, el representante legal de Pedicone, Jorge Torres, elevó un escrito para advertir que los plazos probatorios se encontraban “irremediablemente vencidos”. Y requirió el dictado de sentencia al tribunal.

Ledesma y el bancario Eduardo Bourlé, en tanto, indicaron que a su criterio se «ha cumplido en sustanciar toda la prueba oportunamente ofrecida por esta parte». Y coincidieron en la postura para que la Sala III «dicte el llamado de autos para sentencia».

Dos posturas

Tras el escrutinio definitivo, la JEP proclamó como último legislador electo por la Capital a Ledesma, con 10.725 votos. Pedicone, en tanto, reunió 10.719 sufragios en los registros oficiales.

En una entrevista reciente con LG Play, el dirigente alfarista afirmó que “la narrativa de ‘Activar’ es incongruente” en este proceso judicial. Y expuso sus argumentos para reclamar la “banca 19”.


“En la última mesa, estábamos 10 (sufragios) a 10, y nosotros arriba por un puñado de votos (en la sumatoria general). Todos los fiscales, incluido el de ‘Activar’, tenían 10 votos. De pronto aparece una delegada de la Junta Electoral, y el 10 (de ellos) se transforma en 18, y ahí nos pasan por seis votos. Todo el mundo lo vio”, afirmó el candidato de JxC.

Sostuvo luego que “hay ocho votos ‘fantasma’, que no tienen sobre”, ya que “no tienen ciudadanos que hayan sufragado”. “Por lo tanto, el acta es nula”, indicó.

Según los bancarios Ledesma y Bourlé, Pedicone busca «desesperadamente revertir un resultado electoral que le fue desfavorable».

Entre la prueba considerada clave por el partido Activar aparece una informe de la empresa MSA, contratada para la logística electoral del 11 de junio.

Esta documentación, a criterio de los bancarios, respalda los resultados oficiales, y confirma que “no existió ni existe ninguna arbitrariedad ni ilegalidad en el proceder de la Junta Electoral Provincial respecto al desarrollo del escrutinio definitivo en general, ni en el particular de la mesa 1.328”.

Fuente: LA GACETA

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