sábado 23 , noviembre, 2024
San Miguel de Tucumán
12:49 am,
temperature icon 22°C

Ganadores a la Labor Periodística

sábado 23 , noviembre, 2024
San Miguel de Tucumán
12:49 am,
temperature icon 22°C

Ganadores a la Labor Periodística

Bono para importadores: los detalles del nuevo instrumento que comienza a ofrecer el BCRA

 Bono para importadores: los detalles del nuevo instrumento que comienza a ofrecer el BCRA

La autoridad monetaria empezará a licitar tres tipos de Bopreal para que importadores puedan cancelar deudas.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) comienza a ofrecer a importadores tres series de los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL), con el fin de que puedan cancelar las obligaciones impositivas y aduaneras.

La entrada en vigencia del nuevo instrumento para que importadores puedan saldar deudas fue dispuesta este martes a través de la Resolución General 5469/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, publicada en el Boletín Oficial.

En el texto oficial, el organismo tributario estableció que las Series 1A, 1B y 1C de los BOPREAL emitidos por el Banco Central, “tendrán poder cancelatorio respecto de las obligaciones impositivas y aduaneras, con sus intereses, multas y accesorios, cuya recaudación, aplicación y percepción se encuentra a su cargo”.

Para el otorgamiento de los bonos, se tendrá en cuenta la información recabada en el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior”, lanzado por el Gobierno este martes para “contar con información actualizada de la deuda comercial privada vigente y atender dicha problemática”, según se precisó en el Boletín Oficial.

Los tres tipos de bonos que emitirá el BCRA

  • 1A US$1.000.000.000 desde el 30 de abril de 2025 hasta el 29 de abril de 2026, ambas fechas inclusive
  • 1B US$1.000.000.000 desde el 30 de abril de 2026 hasta el 29 de abril de 2027, ambas fechas inclusive
  • 1C US$1.500.000.000 desde el 30 de abril de 2027 hasta el 31 de octubre de 2027, ambas fechas inclusive

La Resolución aclaró que el tipo de cambio aplicable para determinar el poder cancelatorio de los BOPREAL será el mayor valor en pesos computado en cada fecha de referencia, entre el tipo de cambio promedio establecido por la Comunicación “A” 3500 (BCRA) del 1 de marzo de 2002 correspondiente a los cinco días hábiles anteriores a cada fecha de referencia y el tipo de cambio implícito que resulte de promediar la compraventa de títulos públicos elegibles adquiridos con liquidación en moneda extranjera con transferencia en la plaza local y vendidos con liquidación en moneda local durante los cinco días hábiles anteriores a cada fecha de referencia.

Además, precisó que “a los efectos de determinar los títulos públicos elegibles para este cómputo se tomarán las tres especies de mayor volumen operado según lo informado por Bolsas y Mercados Argentinos (ByMA) en la sumatoria de sus liquidaciones en pesos y dólares de liquidación en la plaza local durante los cinco días anteriores a cada fecha de referencia”.

Adicionalmente, la Autoridad de Aplicación informará periódicamente a la AFIP el valor técnico de los bonos o títulos, calculado al tipo de cambio que resulte aplicable, para la utilización por parte de los contribuyentes contra sus obligaciones impositivas y aduaneras.

Fuente: NA

Noticias relacionadas