Nuevas reglas para Fondos de Cese Laboral: límites a inversiones y mayor control sobre fideicomisos

La Comisión Nacional de Valores (CNV) actualizó el marco regulatorio para los Fondos Comunes de Inversión (FCI) y los Fideicomisos Financieros (FF) destinados al Cese Laboral, estableciendo nuevas restricciones de inversión y mecanismos de mayor transparencia para los trabajadores beneficiarios.
Fondos Comunes de Inversión: límites tras el traspaso al trabajador
Una vez que el trabajador adquiere la titularidad de las cuotapartes del FCI, podrá disponer libremente de ellas, pero no podrá efectuar nuevas suscripciones dentro de ese mismo fondo.
Además, se establece que no estará permitida la adquisición de valores o instrumentos financieros emitidos por el empleador, y que las inversiones deberán evitar una concentración sectorial superior al 30% del patrimonio neto del fondo.
Fideicomisos Financieros de Cese Laboral: mayor claridad contractual y control de inversiones
En el caso de los FF, no será obligatoria la presentación de un Prospecto ante la CNV para su aprobación. Sin embargo, todo documento preparado deberá publicarse en la plataforma oficial Autopista de la Información Financiera (AIF).
El contrato de fideicomiso deberá establecer claramente el procedimiento para el pago a los trabajadores, incluyendo plazos, modalidades de pago y escenarios vinculados a la extinción laboral. También deberá detallar el destino de los fondos remanentes.
Se permitirá la incorporación de nuevos Fiduciantes durante la vigencia del fideicomiso, si así lo contempla el contrato, y se limitará la emisión exclusivamente a certificados de participación.
Las inversiones de estos vehículos deberán regirse por los mismos principios que los FCI: no podrán incluir valores emitidos por los empleadores, ni superar una concentración industrial del 30% de su patrimonio.
Transparencia, asesoría e información al trabajador
La normativa también apunta a fortalecer el vínculo con los trabajadores beneficiarios, estableciendo que deberán ser informados de sus tenencias al menos una vez al mes.
Se permitirá la intervención de Comités de Inversión o Asesores, siempre que estos no tengan vínculos con sindicatos y que sus costos sean razonables y transparentes.
Finalmente, no será obligatoria la colocación primaria de los certificados en un mercado autorizado, bastando con la difusión interna del contrato entre los trabajadores de la empresa adherida.